Guía paso a paso Trámite Jubilatorio
NO DOCENTES:
La Ley Nº 24.241 establece los requisitos para acogerse al beneficio jubilatorio para el personal Técnico, Administrativo y de Servicios (No Docente):
• 60 años de edad para las mujeres y 65 años de edad para los varones,
• Contar con 30 años de servicios.
Si cumple con los requisitos de años de servicio, a los 65 años el empleador procederá a intimarlo/a a jubilarse. Si no cumple con los años de servicio, será intimado/a por edad avanzada a los 70 años. En ambos casos, con un plazo máximo de 18 meses para jubilarse desde el momento de la intimación.
DOCENTES:
La Ley Nº 26.508 establece los requisitos para acogerse al beneficio jubilatorio para el personal docente de las Universidad Nacionales:
• 60 años de edad las mujeres y 65 años de edad los varones,
• Contar con 25 años de servicios universitarios docentes: 10 años como mínimo, continuos o discontinuos, frente a alumnos.
Se podrá optar por permanecer en actividad hasta los 70 años de edad. A los 69 años el empleador procederá a intimarlo/a a jubilarse con un plazo máximo de 18 meses para jubilarse desde el momento de la intimación.
También existe un régimen jubilatorio especial para docentes investigadores, cuyos requisitos se definen mediante el Decreto 160/05.
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