Guía paso a paso Trámite Jubilatorio

NO DOCENTES: La Ley Nº 24.241 establece los requisitos para acogerse al beneficio jubilatorio para el personal Técnico, Administrativo y de Servicios (No Docente): 65 años de edad y contar con 30 años de servicios.

DOCENTES: Ley Nº 26.508 y Dto. Nº 160/05 establecen los requisitos para acogerse al beneficio jubilatorio para el personal docente e investigadores de las UU.NN.: 65 años de edad y contar con 25 años de servicios universitarios docentes: 10 años como mínimo, continuos o discontinuos, frente a alumnos.


Las mujeres, de ambos claustros, podrán optar voluntariamente por iniciar el trámite jubilatorio a los 60 años. De lo contrario será intimada obligatoriamente a los 65 años.


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